Sanciones de tráfico. Drogas y conducción

¿Resulta válida la prueba de cabello para determinar el consumo de drogas en conductores?

Sanciones de tráfico. Drogas y conducción

Los expertos (forenses y peritos) mantienen que las pruebas de saliva o sangre son idóneas para determinar un consumo esporádico e inmediato de sustancias psicotrópicas. Sin embargo, la prueba con cabello sirve para comprobar si una determinada persona es consumidora habitual de drogas, pero no permite constatar un consumo puntual, en un día aislado y determinado, si el sujeto no es toxicómano; si en un día concreto una persona que no es consumidora habitual de drogas condujo o no con presencia de ellas en su organismo.

En este sentido se ha manifestado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Pontevedra, resolviendo un recurso contra la resolución de la Jefatura Provincial de Tráfico que confirmaba la sanción de 1.000 euros de multa y retirada de 6 puntos del carné interpuesta a un conductor por incurrir en una infracción muy grave no constitutiva de delito, al conducir con presencia de drogas en el organismo.

Para incurrir en esta sanción basta la constatación de la presencia de drogas en el organismo del conductor, con independencia de una influencia negativa o no que pudiera tener en la conducción.

Los hechos de los que trae origen el recurso se inician cuando unos agentes de tráfico, en un control rutinario, someten al conductor a un análisis de saliva que arroja como resultado consumo de cannabis, que confirma en su momento la muestra que se remite al laboratorio.

El conductor niega el consumo de ningún tipo de droga y alega que se ha vulnerado su presunción de inocencia, a cuenta de los resultados de la prueba llevada a cabo por un laboratorio privado sin que se hayan mantenido las debidas garantías en la cadena de custodia. Por ello recaba un informe toxicológico forense de análisis de cabello, cuya resultado da negativo.

Además de lo declarado respecto a la prueba de cabello, el Juzgado señala que el sistema de remisión de las muestras de saliva al laboratorio contratado por el Ministerio del Interior garantiza la cadena de custodia y evita la contaminación o el deterioro de las muestras, puesto que aquel es coadyuvante (colaborador) con el ejercicio de una función pública en virtud de un contrato de Derecho administrativo.

Por todo ello, el Juzgado desestima el recurso, confirmándose la sanción administrativa.

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